Cuando hablamos de nuestra existencia como pueblos indígenas, hay varios conceptos que
usamos para reconocernos y reconocer nuestra existencia colectiva.
Autor: Gabino Damián Jiménez Martínez
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Los términos más comunes son “pueblos indígenas” y “comunidades indígenas”. Aunque a
menudo se usan como sinónimos, desde una perspectiva legal tienen diferentes implicaciones.
En términos generales, “pueblo” se refiere a la existencia de expresiones culturales bajo una
identidad común. Es una forma más amplia de referirse a los pueblos indígenas, por ejemplo,
los zapotecos.
“Comunidad indígena” es más específica. Se refiere a un grupo de personas indígenas que
viven en un territorio y comparten una herencia cultural común. Por ejemplo, podríamos decir
“Zapoteco del Valle” o incluso “Benxgiæ”, que es cómo se identifican los zapotecos de
Teotitlán del Valle.
Cualquier comunidad indígena tiene los siguientes elementos:
- Un espacio territorial demarcado y definido por la posesión.
- Una historia común que se transmite de boca en boca y de generación en generación.
- Una variante de la lengua del pueblo, que nos ayuda a identificar nuestro idioma común.
- Una organización que define lo político, cultural, social, civil, económico y religioso.
- Un sistema comunitario de procuración y administración de justicia.
Los antropólogos y sociólogos saben que desde una perspectiva teórica especializada, esto
se trata de las características de un Estado-nación en su acepción occidental. Pero a los
indígenas no nos interesa tanto constituir Estados-nación en los términos modernos.

El concepto de nación surgió a raíz de la Revolución Francesa. Se trata de un concepto
europeo que fue adoptado por todos los países que se conformaron como Estado. Se
entiende como el conjunto de personas unidas por una cultura común y que viven bajo un
mismo gobierno, con la condición que este gobierno sea el de un Estado soberano.
La soberanía implica la independencia de cualquier otro gobierno. Es precisamente en este punto de soberanía donde las comunidades indígenas no cuentan con esta validación, siendo este el único aspecto que haría falta reclamar y hacer valer. Sin embargo, cabe reflexionar sobre quién o que instituciones validarían nuestra soberanía como naciones indígenas.
Para no validarnos como nación y mantenernos subordinados surge el concepto de etnia, este
es un término que se utiliza en las leyes para referirse a las comunidades indígenas, pero en
realidad implica los elementos que conformarían una nación, un territorio con historias
comunes y organizados políticamente. La gran diferencia es que las etnias son indígenas y, por
lo tanto, para el mundo jurídico occidental, no tenemos el nivel ni la capacidad para asumirnos
como nación, solamente Bolivia y Ecuador han reconocido constitucionalmente a las naciones indígenas,
pero no hemos visto más esfuerzos parecidos.
Los occidentales entienden una comunidad como un conjunto de casas con personas, pero las comunidades indígenas la conciben como un conjunto de personas con historia pasada, presente y futura, que no solo se pueden definir concreta y físicamente, sino también espiritualmente en relación con la Naturaleza.
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2 Replies to “Diferencia entre pueblo, comunidad, etnia y nación.”